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El Gobierno ha confirmado el aplazamiento de Verifactu para bares y restaurantes hasta enero y julio de 2027, pero el 40% de los hosteleros aún no ha verificado si su TPV cumple los nuevos requisitos. La prórroga no es un perdón: es una segunda oportunidad. Este artículo resuelve de forma directa qué obligaciones tienes, qué software está adaptado, qué sanciones reales enfrentas y cómo prepararte sin esperar al último mes.
Verifactu es el Sistema de Información de Facturación que la Agencia Estatal de Administración Tributaria puso en marcha para garantizar la integridad y trazabilidad de todas las operaciones gravadas. Nace del artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, modificado por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y se desarrolla reglamentariamente a través del Real Decreto 1007/2023 y su modificación el RD 254/2025. En esencia, la norma exige que todo software utilizado para emitir facturas o documentos equivalentes incorpore mecanismos técnicos que impidan su manipulación posterior: cada registro debe estar encadenado con el anterior mediante un hash criptográfico, llevar marca de tiempo homologada e incluir un código QR identificativo.
La confusión más habitual en hostelería surge de creer que los tickets no están sujetos a estas obligaciones. El Real Decreto 1619/2012, que regula las facturas simplificadas, establece que todo documento que refleje una operación comercial y sea expedido por un sistema informático equivale a una factura a todos los efectos legales. Por tanto, el ticket de un café de 2,50 euros, el ticket de una comida de 35 euros o la factura completa que un cliente solicita con su NIF están todos sujetos a los mismos requisitos Verifactu. Da igual que el documento se llame ticket, nota de pedido o factura simplificada: si lo emite un TPV, debe cumplir la normativa.
La consecuencia práctica es directa: cualquier bar, cafetería o restaurante que utilice un sistema de punto de venta para gestionar sus operaciones está dentro del ámbito de aplicación de Verifactu, con independencia de su volumen de facturación o del régimen fiscal aplicable. El régimen de estimación directa, el de módulos o el de alquileres no alteran esta circunstancia: lo que determina la obligación es el uso de software de facturación, no el importe de las ventas.
El calendario de implantación de Verifactu ha sufrido varias modificaciones desde su concepción inicial. El Real Decreto 254/2025 estableció una primera reorganización de las fechas, pero la realidad operativa del sector y las dificultades de algunos desarrolladores de software para completar las certificaciones dentro del plazo original llevó al Gobierno a aprobar una prórroga generalizada que ha sido confirmada por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas y reconocida por despachos especializados como Grant Thornton. Esta prórroga aparece recogida en el Boletín Oficial del Estado y modifica el calendario original sin afectar a las empresas de mayor tamaño.
| Fecha | Quién está obligado | Estado actual |
|---|---|---|
| 29 julio 2025 | Desarrolladores de software TPV (deadline para certificar programas) | Vencido. La mayoria de TPVs hosteleros ya están certificados. |
| 1 enero 2026 | Empresas con facturación >6M€ | Vigente. Sin prórroga para grandes. |
| 1 enero 2027 | Resto de sociedades mercantiles (Impuesto Sociedades) | Aplazado desde 1 ene 2026 original. |
| 1 julio 2027 | Autónomos, bares y restaurantes en estimación directa | Aplazado desde 1 jul 2026 original. |
La prórroga hasta 2027 no debe interpretarse como una autorización para despreocuparse del cumplimiento. Primero, porque los desarrolladores de software ya han tenido que cumplir su deadline en julio de 2025, lo que significa que los TPVs del mercado ya están certificados o en proceso de certificación: si tu proveedor no ha actualizado su sistema, es probable que deje de funcionar o que emita documentos sin los requisitos legales. Segundo, porque el fraude fiscal en el sector de hostelería está dentro de las prioridades de control de la AEAT: los sistemas de cruzamiento de datos detectaran cualquier anomalía, y la ausencia de los elementos Verifactu (hash, QR, marca de tiempo) sera un indicador automático de incumplimiento. Tercero, porque adaptarse con tranquilidad en 2026 permite formar al equipo, resolver incidencias y evitar el colapso de la última hora que siempre genera problemas operativos y costes adicionales.
«Los sistemas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión… deberan garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.»
— Artículo 29.2.j) Ley General Tributaria (modificado por Ley 11/2021 Antifraude)
Todo sistema de facturación utilizado por un negocio de hostelería debe cumplir cuatro requisitos técnicos que la normativa impone de forma imperativa. Estos requisitos son los que diferencian un software conforme a Verifactu de uno que no lo es, con independencia de que el proveedor haya preferido implementar el modo de envío a la AEAT o limitarse al registro local.
01
Cada registro debe llevar un hash SHA-256 que enlaza con el registro anterior. Imposible borrar uno sin romper la cadena.
02
Tickets y facturas deben incluir un QR que cualquiera puede escanear para verificar la autenticidad ante la AEAT.
03
Cada registro lleva fecha y hora certificada que no puede modificarse a posteriori, ni siquiera con acceso técnico.
04
Modo «Verifactu» envia cada factura en tiempo real. Modo «No Verifactu» solo registra localmente. Ambos son legales.
Para verificar si tu TPV cumple, el primer paso es contactar con tu proveedor y pedirle confirmación por escrito de que su software está certificado conforme a los requisitos del RD 1007/2023. En el mercado hostelero existen varias soluciones que ya han completado el proceso de certificación: Numier, Revo, Camarero10, Foodtic, NinjaTPV, Tipsi TPV, Powergest, Aurestic, Visionwin, Holded, Cuentica, Sage y Anfix, entre otros, ofrecen versiones adaptadas o están en proceso de actualización para sus clientes. La mayoria ha implementado estas actualizaciones de forma gratuita para sus usuarios existentes, aunque algunos casos de TPVs muy antiguos pueden requerir un cambio de licencia o de hardware.

La distinción entre el modo Verifactu (con envío automático a la AEAT) y el modo No Verifactu (solo registro local con QR) es relevante: el modo con envío reduce las obligaciones complementarias porque la propia AEAT recibe la información en tiempo real, mientras que el modo sin envío exige que el negocio conserve durante al menos cuatro años todos los registros y esté preparado para entregarlos en caso de requerimiento. Ambos modos son plenamente válidos desde el punto de vista legal, pero la elección tiene implicaciones operativas y de gestión documental.
En hostelería, el documento que se emite en el 95% de las operaciones es un ticket, no una factura completa. Esta distinción no es meramente terminológica: tiene consecuencias directas sobre como debe aplicarse Verifactu. El Real Decreto 1619/2012 define las facturas simplificadas como aquellos documentos que pueden emitirse en operaciones de importe inferior a 400 euros (o 3.000 euros en determinados supuestos) y que no requieren la inclusión de todos los datos identificativos del comprador. Los tickets de barra, las comandas impresas en cocina y los comprobantes de tarjeta son, a efectos legales, facturas simplificadas.
Esto significa que un bar que sirve un café a las 8 de la mañana, una comida de trabajo a mediodía y una cena por la noche está emitiendo tres facturas simplificadas sujetas a Verifactu, cada una con su propio código QR, su hash encadenado y su marca de tiempo. La confusión surge porque muchos hosteleros asocian la obligación de facturación con la emisión de facturas completas a clientes que las solicitan, pero la realidad es que la normativa no distingue entre el documento que el cliente guarda y el que desecha: lo que importa es que el sistema informático lo ha generado y refleja una operación económica.
El escenario típico es el siguiente: un restaurante con facturación anual de 450.000 euros emite una media de 120 tickets diarios. Cada uno de esos tickets, con importes de 2,50 euros, 35 euros o 78 euros, debe llevar el código QR Verifactu. Cuando un cliente solicita factura completa con su NIF, el sistema debe generar un documento que incluya todos los datos fiscales obligatorios, pero la obligación técnica de hash, QR y marca de tiempo ya estaba presente en el ticket original. No hay dos sistemas de facturación: hay uno solo que debe cumplir los requisitos para todos los documentos que emite.
Migración Verifactu
Revisamos tu software actual, validamos su adhesión a la AEAT y, si no cumple, te recomendamos alternativas con coste hundido cero. Antes de la fecha límite, no después.
Las sanciones por incumplimiento de Verifactu están previstas en la Ley General Tributaria y en el propio Real Decreto 1007/2023, con cuantías que pueden resultar significativas para un negocio de hostelería. Es importante distinguir entre las sanciones que afectan al usuario del software y las que afectan al desarrollador, ya que las segundas son sensiblemente superiores.
| Tipo de incumplimiento | Sanción | Norma |
|---|---|---|
| Usar software no conforme (empresa o autónomo) | Hasta 50.000 € por ejercicio | Art. 201 bis LGT |
| Desarrollar/comercializar software no conforme | Hasta 150.000 € por ejercicio | Art. 201 bis LGT |
| Factura emitida sin requisitos Verifactu | 150 € por factura o 1% del valor | RD 1007/2023 |
| Omisión, alteración o destrucción de registros | 1.000 – 100.000 € | Art. 200 LGT |
| Infracción leve (irregularidades menores) | 300 € – 1% facturación anual | LGT |
| Infracción grave (incumplimiento sistemático) | 3.000 – 30.000 € o 2-10% facturación | LGT |
El riesgo económico para un bar o restaurante medio es tangible: con una facturación anual de 400.000 euros, el uso continuado de software no adaptado puede derivar en multas de entre 4.000 y 40.000 euros por ejercicio, a lo que se suman las sanciones especificas por cada factura emitida sin requisitos. Además, la AEAT cruza los datos de los propios proveedores de software con las declaraciones presentadas por los negocios, lo que significa que la detección de un incumplimiento puede ser automática y no depender de una inspección presencial. La sanción por omisión o alteración de registros, que oscila entre 1.000 y 100.000 euros, es especialmente relevante para hostelería porque en un control rutinario se puede requerir la exhibición de los registros digitales y cualquier缺口 en la cadena de hash o en la marca de tiempo constituye un indicio de alteración.
Existe confusión entre Verifactu y otras obligaciones de facturación que afectan a determinados colectivos. Es fundamental entender que no son la misma cosa y que la mayoria de los bares y restaurantes solo están sujetos a Verifactu, sin perjuicio de las obligaciones generales de IVA que les correspondan.
| Concepto | A quién aplica | Qué obliga |
|---|---|---|
| Verifactu | Empresas y autónomos (todos) | TPV/software con QR + hash + sin alteración |
| SII (Suministro Inmediato Información) | Facturación >6M€, IVA mensual | Envío de libros IVA a AEAT en 4 días |
| Factura electrónica B2B | Operaciones empresa-empresa (facturación >8M€ inicio) | Formato estructurado XML/Facturae |
El SII (Suministro Inmediato de Informacion) es un sistema obligatorio desde 2017 para empresas con facturación superior a 6 millones de euros anuales o que tributen en régimen de IVA mensual. Implica el envío electrónico de los libros registro de IVA a la AEAT en un plazo maximo de cuatro días desde la expedición o recepción de la factura. Un bar o restaurante independiente no está sujeto al SII salvo que su facturación supere ese umbral, lo cual solo ocurre en cadenas o establecimientos de gran tamaño.
La facturación electrónica B2B, por su parte, es una obligación derivada de la normativa europea que se está implementando de forma progresiva en España y que afectara a las operaciones entre empresas. El umbral inicial de 8 millones de euros se ira reduciendo progresivamente hasta alcanzar la totalidad de las operaciones B2B. Para un restaurante que compra a proveedores y vende a consumidores finales, la facturación electrónica B2B solo sera relevante en la medida en que compre a otros profesionales y estos le exijan facturas en formato electrónico estructurado.
En la práctica, el hostelero medio solo necesita preocuparse por Verifactu: su TPV debe estar adaptado y emitir tickets y facturas con los requisitos técnicos establecidos. Las otras dos obligaciones, si afectan a su negocio, vendran por la vía de su tamaño o de su estructura comercial, no por la normativa general de facturación.

Plan de transición
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La adaptación a Verifactu no tiene por que ser un proceso traumatico si se aborda con metodologia y suficiente antelación. Los siguientes siete pasos cubren las acciones esenciales que todo bar o restaurante debe completar antes de las fechas límite de 2027.
La experiencia de los primeros establecimientos en adaptarse a Verifactu ha permitido identificar una serie de errores recurrentes que conviene evitar. Estos fallos no solo generan problemas de cumplimiento, sino que en algunos casos han supuesto costes económicos adicionales y disrupciones operativas.
Cumplimiento integral
ChefBusiness coordina los tres frentes regulatorios que más sancionan en hostelería 2026. Un consultor, un calendario, cero sorpresas.
Si, plenamente. Los tickets de hostelería son facturas simplificadas según el RD 1619/2012 y están sujetos a los mismos requisitos que las facturas completas. El ticket de un café, una comida o una cena debe incluir código QR, hash encadenado y marca de tiempo.
En la mayoria de los casos basta con una actualización del software. Solo los TPVs muy antiguos o aquellos cuyo desarrollador no ha certificado su programa requieren sustitución. Contacta con tu proveedor para confirmarlo.
El uso de software no conforme puede sancionarse con hasta 50.000 euros por ejercicio, más las sanciones especificas por cada factura emitida sin requisitos. Además, la AEAT detectara el incumplimiento de forma automática mediante el cruzamiento de datos.
Es voluntario. El modo No Verifactu, que registra localmente pero incluye QR, hash y marca de tiempo, es plenamente válido. El modo con envío reduce obligaciones complementarias porque la AEAT recibe la información en tiempo real.
Solo en casos excepcionales y con limitaciones. Las facturas manuales deben contener todos los datos obligatorios y deben incorporarse al sistema informático en cuanto sea posible para cumplir los requisitos de trazabilidad.
La mayoria de los proveedores de TPV ofrecen la actualización de software de forma gratuita para sus clientes existentes. El coste principal es el tiempo de implementación y formación del equipo. Solo en casos de TPVs muy antiguos puede ser necesario un cambio de licencia o hardware.
El Gobierno ha concedido una prórroga que nadie esperaba tan generosa, pero esta segunda oportunidad tiene una lectura que muchos hosteleros están perdiendo: el plazo adicional no es un perdon, es una ventana para adaptarse sin prisas ni sobrecostes. Quienes utilizan estos meses para verificar su software, actualizarlo, formar a su equipo y establecer protocolos de contingencia llegaran a 2027 con la tranquilidad de tener su negocio en regla, mientras que quienes lo deixan para el último mes se enfrentaran a las mismas prisas, los mismos sobresaltos y los mismos costes adicionales que siempre genera la urgencia.
La realidad es que el 40% de los hosteleros aun no ha verificado si su TPV cumple, y una parte significativa de ese porcentaje descubrira en las proximas semanas que necesita un cambio de proveedor o de sistema. Cuanto antes se identifique esa situación, más opciones habra de encontrar una solución adaptada a las necesidades y al presupuesto del establecimiento. El coste de no hacer nada es claro: sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio, mas la sanción especifica por cada factura emitida sin requisitos, mas el riesgo reputacional ante clientes y proveedores que cada vez conocen mas la normativa.
Si tienes un bar, una cafetería o un restaurante y no has verificado el estado de tu software de facturación, este es el momento de hacerlo. Una llamada al proveedor, una prueba de emisión de tickets y una revisión de las opciones disponibles te permitiran llegar a las fechas límite con la certeza de que tu negocio cumple la normativa. El equipo de ChefBusiness está especializado en la consultoria de negocio para restaurantes y puede ayudarte a evaluar tu situación, comparar opciones de software y diseñar un plan de adaptación ajustado a tu volumen de actividad y a tu estructura de costes. No dejes para mañana lo que puedes verificar hoy.
Fuentes y referencias: Real Decreto 1007/2023 y RD 254/2025; artículo 29.2.j) Ley General Tributaria modificada por Ley 11/2021; comunicados ICAM (Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid); análisis Grant Thornton España; Boletín Oficial del Estado.